El debate sobre la nueva Ley de Alquileres continuó hoy en un plenario, donde el oficialismo aprobó su propia iniciativa, que está en consonancia con la ley actual, mientras que Juntos por el Cambio y bloques federales suscribieron uno de minoría que modifica la norma.
Con 40 firmas, el Frente de Todos se alzó con el despacho de mayoría, mientras que el de Juntos por el Cambio y los bloques federales alcanzó 39. Sin embargo, el escenario de cara al recinto aparece adverso para el oficialismo, dado que la oposición lo superaría en número para imponer su texto.
Las principales diferencias entre el oficialismo y los bloques opositores es que mientras el proyecto del Frente de Todos mantiene los principales ejes de la ley votada en 2020, es decir los tres años de contrato y la actualización anual con un índice entre inflación y aumento salarial; Juntos por el Cambio, el Interbloque Federal y Provincias Unidas proponen volver a los dos años y ajustes semestrales acordados entre las partes.
El Frente de Todos comparte el diagnóstico de que la ley 27.551 del 2020 no dio las respuestas esperadas, pero pese a haber amagado en un primer momento con volver a los tres años de plazo de los contratos y el ajuste semestral de los valores, finalmente ponderaron los reclamos de los inquilinos para no tocar esos aspectos de la norma.
La conclusión a la que llegaron es que ningún marco normativo puede ser efectivo en un contexto de escalada inflacionaria que genera incertidumbre en los propietarios (al punto de retirar sus inmuebles del mercado) y pérdida de referencia de los valores de mercado.
Por su parte, el dictamen de minoría vuelve a dos años el plazo mínimo legal de los contratos. En cuanto al precio del alquiler, deberá “fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes, por intervalos de entre 3 y 12 meses”.
Asimismo, agrega que para los ajustes, las partes “deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y/o el Índice de Salarios (IS)” elaborados por el INDEC, “o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.
En relación a los beneficios fiscales, similares a los del oficialismo, la iniciativa contempla una reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.
También exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y contempla una modificación al impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.